Dominio Público
La Autoridad Portuaria gestiona a través de la Dirección de Dominio Público y Protección Portuaria, el espacio portuario para usos públicos o privados, mediante el otorgamiento de autorizaciones o concesiones que habilitan para la ocupación y para la explotación de dichas actividades siempre y cuando estén previstas en el marco de los usos y actividades normativamente establecidas.
Además, gestiona las autorizaciones para la prestación de los servicios comerciales dentro del recinto portuario.
Ocupación de dominio público
La ocupación del dominio público portuario, en conformidad con lo establecido en la sección 2ª del capítulo III del Título V del Texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina mercante, puede tramitarse a través de una autorización o concesión.
La ocupación a través de una AUTORIZACIÓN, no podrá ser superior a un periodo de 3 años, incluidas las prórrogas, con obras o instalaciones desmontables.
La ocupación a través de una CONCESIÓN, será por un periodo de más de 3 años hasta un máximo de 50 años, con obras o instalaciones no desmontables.
Espacios e infraestructuras portuarias
Corresponde a la Autoridad Portuaria la previsión y gestión de espacios e infraestructuras portuarias básicas, promoviendo la actividad económica en el puerto.
La gestión de las infraestructuras y del dominio público portuario se realizará con criterios de rentabilidad y eficiencia.
Podéis consultar el listado de ocupaciones del Port de Tarragona visitando la aplicación publicada en el siguiente apartado.
Normativa
Instrucción 1/2016 sobre la salida de materiales, productos y mercancías comunitarias del Port de Tarragona, cuando esta salida no esté amparada por otra documentación aduanera específica.
Destinatarios
Autoridad Portuaria de Tarragona, para su conocimiento y difusión entre los miembros de la comunidad portuaria
Resguardo Fiscal en el Port de Tarragona
Colegio de Agentes de Aduanas
Asociaciones de transitarios y transportistas
Asociaciones de consignatarios
Descarga Solicitudes a la autoridad aduanera no contemplada en otros procedimientos
REGISTRO
Las personas interesadas tienen que presentar la documentación requerida en el registro de las oficinas de la Autoridad Portuaria para iniciar el procedimiento adecuado. El horario del servicio para registrar documentos en la APT es de 9 a 14 horas.