El dominio público del Port de Tarragona es el espacio portuario gestionado por la Autoridad Portuaria, destinado a usos marítimos y logísticos, que puede ser ocupado mediante autorizaciones o concesiones.

La Autoridad Portuaria gestiona a través de la Dirección de Dominio Público y Protección Portuaria, el espacio portuario para usos públicos o privados, mediante el otorgamiento de autorizaciones o concesiones que habilitan para la ocupación y para la explotación de las actividades que estén previstas en el marco de los usos y actividades normativamente establecidas.
Gestionamos las autorizaciones para la prestación de los servicios comerciales dentro del recinto portuario.

Espacios e infraestructuras portuarias
Corresponde a la Autoridad Portuaria la previsión y gestión de espacios e infraestructuras portuarias básicas, promoviendo la actividad económica en el puerto.
La gestión de las infraestructuras y del dominio público portuario se realizará con criterios de rentabilidad y eficiencia.
Valoración de terrenos
La valoración de terrenos con componente portuario evalúa el valor económico de un suelo situado en áreas portuarias, considerando factores como su ubicación, accesos, servicios logísticos y potencial de uso dentro de la actividad marítima y comercial.

Ocupación del dominio público
La ocupación del dominio público portuario, en conformidad con lo establecido en la sección 2ª del capítulo III del Título V del Texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina mercante, puede tramitarse a través de una autorización o concesión.
-La ocupación a través de una AUTORIZACIÓN, no podrá ser superior a un periodo de 3 años, incluidas las prórrogas, con obras o instalaciones desmontables.
-La ocupación a través de una CONCESIÓN, será por un periodo de más de 3 años hasta un máximo de 50 años, con obras o instalaciones no desmontables.
Modelos solicitud Ocupación | Autorizaciones y concesiones
Formulario y documentación requerida de conformidad con el Real Decreto legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante
+infoRequisitos
Para que la Autoridad Portuaria resuelva la ocupación del dominio público portuario, la persona interesada tendrá que formular una solicitud acompañada con los documentos y justificantes detallados en este documento.
+infoFormulario para la solicitud de autorización de ocupación para terraza de restauración
+infoModelos de avales
Aval por AUTORIZACIONES | Garantía para responder todas las obligaciones derivadas de la autorización
+infoAval para CONCESIONES | Garantía PROVISIONAL de CONSTRUCCIÓN para responder de todas las obligaciones derivadas de la concesión
+infoAval para CONCESIONES | Garantía DEFINITIVA de CONSTRUCCIÓN para responder de todas las obligaciones derivadas de la concesión
+infoAval para CONCESIONES | Garantía DEFINITIVA de EXPLOTACIÓN para responder de todas las obligaciones derivadas de la concesión
+infoModelo solicitud de trabajos y obras
Solicitud permiso obras /mantenimiento
+infoModelo solicitud prestación servicios comerciales
Solicitud prestación servicios comerciales
+infoModelos solicitud de actas
Solicitud de acta replanteo inicial de las obras
+infoSolicitud de acta reconocimiento final
+info
Modelo solicitud de aprobación de proyecto constructivo
Solicitud de aprobación de proyecto constructivo - Versión Febrero 2025
+infoNormativa
Texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (RDL 2/2011). Dominio Público Portuario
+infoINSTRUCCIÓN 1/2025 sobre la salida de materiales, productos y mercancías del recinto aduanero del Port de Tarragona cuando dicha salida no se realice al amparo de una declaración aduanera
Esta Instrucción sustituye la 1/2016, que queda derogada desde la fecha de la firma del actual.
La Instrucción 1/2025 consta de dos apartados (Primero y Segundo) que regulan, respectivamente, las salidas de "maquinaria, materiales y productos" del Port y las salidas mediante el nuevo documento AAT.
El apartado PRIMERO no cambia y permanece idéntico en el anterior (1/2016). En cuanto al apartado SEGUNDO, se ha modificado su contenido para suprimir todo el relativo a los "albaranes de salida" e incorporar el nuevo documento AAT que tendrán que utilizar, a partir de ahora, las empresas para realizar las salidas de mercancías comunitarias del Port a través del sistema del Levante Sin Papeles (cuando no proceda utilizar jefe otro documento propiamente aduanero).
La Instrucción 1/2025 incluye un ANEXO con aclaraciones que se tienen que tener en cuenta para el correcto procedimiento.
FECHA DE ENTRADA EN VIGOR: 03 DE FEBRERO 2025
Destinatarios
-Autoridad Portuaria de Tarragona, para su conocimiento y difusión entre los miembros de la comunidad portuaria
-Resguardo Fiscal en el Port de Tarragona
-Colegio de Agentes de Aduanas
-Asociaciones de transitarios y transportistas
-Asociación de consignatarios