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Perfil del contratante

En este espacio encontraréis todas las licitaciones de los contratos que se celebran en la Autoridad Portuaria de Tarragona, así como de las subastas públicas convocadas.

El enlace a la 'Plataforma de contratación del sector público' os ofrece la información relativa a nuestras liciationes con la indicación actualizada del estado de cada una de ellas.

 

Toda empresa interesada en participar en las licitaciones de la Autoridad Portuaria de Tarragona, deberá estar registrada en la Plataforma de Contratación del Sector Público, con el fin de acceder a las notificaciones electrónicas remitidas por el órgano de Contratación. Este Registro es gratuito y el único dato que se requiere es una dirección de correo electrónico.

Acceder a 'Plataforma de Contratación del Sector Público'

Pestaña 'EMPRESAS' opción 'REGISTRARSE'  y seguir las instrucciones..

Para más información, puede consultar la Guía del operador económico

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Licitaciones

 

'PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO'

 

Para ver las licitaciones de la APT mediante la 'Plataforma de contratación del sector público' seguíd los siguientes pasos:

 Una vez en la Plataforma, elegid la tercera pestaña 'Licitaciones'

Definid, con los desplegables, las opciones de vuestra búsqueda

Clicad sobre el botón 'Buscar'

La aplicación os mostrará los registros según vuestra búsqueda

 

Plataforma de contratación del sector público | Licitaciones APT

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Histórico de contratos menores en la APT

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Subastas públicas

 

Subastas públicas APT

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Información pública

VERSIÓN INICIAL PLAN DIRECTOR DE INFRAESTRUCTURAS 2015-2035 DEL PORT DE TARRAGONA

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ESTUDIO AMBIENTAL ESTRATÉGICO DEL PLAN DIRECTOR DEL PORT DE TARRAGONA

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Normativa relacionada con la contratación de la APT

De acuerdo con el artículo 347.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, el Perfil de Contratante de la Autoridad Portuaria de Tarragona se integra en la Plataforma de Contratación del Sector Público, dónde se publica la información relativa a todas las convocatorias de licitaciones que celebra la Entidad, así como sus resultados.

La Autoridad Portuaria de Tarragona, en adelante APT, aplica los principios generales de contratación previstos en la legislación vigente, dada su naturaleza de Entidad Pública adscrita al Ministerio de Fomento.

La política de la APT tiene como objetivo la optimización de la relación entre coste, calidad y prestaciones en la contratación de toda clase de bienes y servicios, garantizando en todo caso los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, igualdad y no discriminación.

1. Régimen Jurídico de aplicación a los contratos de la Autoridad Portuaria de Tarragona

De acuerdo con lo previsto en el art. 24 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en la contratación, las Autoridades Portuarias habrán de someterse, en todo caso, a los principios de publicidad, concurrencia, salvaguarda del interés del organismo y homogeneización del sistema de contratación en el sector público, así como, conservando su plena autonomía de gestión, a lo establecido en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del sector público, actualmente LCSP, y la Ley 31/2007, de 30 de octubre sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, actualmente Real Decreto Ley 3/2020, de 4 de febrero, (en adelante Ley de Sectores Excluidos) cuando celebren contratos comprendidos en sus respectivos ámbitos.

De conformidad con la Disposición Adicional Octava de la LCSP, la adjudicación de los contratos que celebren las entidades del sector público que no tengan la condición de Administración Pública, como son las Autoridades Portuarias, se regirán por la Ley de procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, cuando operen en estos ámbitos y los contratos superen los umbrales establecidos en la citada Ley de procedimientos de contratación en dichos sectores, salvo que una Ley sujete estos contratos al régimen previsto en la LCSP

A su vez y de conformidad con la disposición adicional decimosexta de Real Decreto Ley 3/2020, de 4 de febrero, el régimen jurídico de los contratos que, en las actividades sujetas al Libro primero del RD Ley 3/2020 celebren Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias será el establecido en el citado Libro primero para los poderes adjudicadores que no tienen consideración de Administración Pública.

Se considerarán contratos incluidos en el ámbito de aplicación objetiva delimitado por el artículo 12 del Libro primero del Real Decreto Ley 3/2020, de 4 de febrero, de Transposición de la Directiva 2014/25/UE del Parlamento europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, y la directiva 2014/23/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la adjudicación de contratos de concesión, todos aquellos contratos de obras, suministros y servicios que coadyuven al ejercicio de las competencias que corresponden a las Autoridades Portuarias, de conformidad con el artículo 25 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre. Entre otros contratos, se considerarán incluidos en el ámbito de aplicación objetiva de la citada Ley los contratos de obras de abrigo, de dragado, de atraque, de rellenos portuarios, explanadas y pavimentación, de instalaciones y servicios de los muelles, de accesos y redes viarios y ferroviarios, de estaciones marítimas, de terminales portuarias, de puestos de inspección fronteriza y demás edificios de servicios de los organismos portuarios, así como los contratos que resulten necesarios para la correcta explotación y funcionamiento de los organismos públicos que integran el sistema portuario de titularidad estatal.

2. Publicidad de las licitaciones de la APT

Plataforma de Contratación del Sector Público

Diario Oficial de la Unión Europea

Web de APT

3. Acceso de los interesados a los procedimientos de licitación

Las condiciones de Contratación de la APT para cada una de sus licitaciones figuran en sus Pliegos de Condiciones Particulares / Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares. El proveedor interesado en presentar oferta puede obtenerlos a través del enlace correspondiente al Perfil del Contratante.

 

Real Decreto ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el cual se incorporan al ordenamiento jurídico español varias directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales Llei 9/2017, de 8 de novembre, de Contractes del Sector Públic, per la que es transposen a l'ordenament jurídic espanyol les Directives del Parlament Europeu i del Consell 2014/23/UE i 2014/24/U·, de 26 de febrer de 2014 

Ley 39 2015, del 1 de octubre. RCL 2015/1477. Ley 40 2015, del 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Real decreto 1098/2001, de 12 de octubre. Aprueba el reglamento general de la Ley de contratos de las administraciones públicas. Composición de la mesa de contratación - Actualizado Septiembre 2022